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Incidencias importantes en el cálculo de nómina

Diciembre 13

Incidencias importantes en el cálculo de nómina
En el artículo Percepciones y deducciones en la nómina explicamos algunos de los elementos que intervienen en la estimación del salario neto de cualquier empleado, como son las percepciones y las deducciones. Sin embargo, existe un tercer aspecto que se debe considerar al momento de calcular la nómina de una empresa.

Las incidencias son aquellos factores que afectan el pago de las remuneraciones de un trabajador y se relacionan en la mayoría de los casos con una variación en el registro de la asistencia. Algunas circunstancias que se pueden considerar como incidencia son:

  • Falta: es toda ausencia o abandono de los deberes antes de completarse una jornada laboral y es considerada como un incumplimiento y causa de descuento. Según la Ley Federal del Trabajo, en su Artículo 47, fracción X, el trabajador puede ser despedido si incurre en “más de tres faltas de asistencia en un periodo de treinta días, sin permiso del patrón o sin causa justificada”.
  • Retardo: cuando el registro de entrada se efectúa después de los minutos de tolerancia, se considera retardo menor. Algunos reglamentos internos de empresas consideran su recurrencia como motivo de descuentos y los retardos mayores a una hora como una falta injustificada.
  • Omisiones de entrada o salida: sucede cuando el empleado olvida registrarse al llegar o al salir una vez concluida su jornada laboral, dicha omisión puede ser justificada por el patrón o el departamento administrativo encargado.
  • Días económicos: es un tipo de descanso pagado con previa autorización, usualmente son solicitados para atender asuntos personales o particulares de carácter urgente. La Ley Federal del Trabajo no cuenta con lineamientos claros al respecto, por lo que se maneja a discreción de quien emplea, sólo especifica que el máximo de días económicos otorgables en un año son doce, siempre y cuando no se excedan de tres al mes.
  • Incapacidad: es cuando un trabajador se ve imposibilitado a realizar sus labores como consecuencia de una enfermedad o un accidente de trabajo, esta debe declararse y avalarse por un médico. Su pago corresponde directamente a la institución de salud que asegura al empleado y puede ir desde el 60 hasta 100% del salario.
  • Incapacidad por maternidad: es el derecho que tiene una empleada de ausentarse 42 días antes y después del parto. En los Artículos 101, 102 y 103 de la Ley del Seguro Social, esta tiene el derecho a recibir el salario completo que percibía al momento del embarazo o parto.
  • Periodo de lactancia: son dos reposos de media hora por día o la reducción de una hora de trabajo, durante los seis meses posteriores al parto, a los que tiene derecho una madre trabajadora según se determina en el  Artículo 170 de La Ley Federal del trabajo.
  • Vacaciones: es la cantidad de días remunerados a los que se hace acreedor un empleado al cumplir un año de antigüedad. Por Ley se estipula que no sean menos de 6 días al año.

El pago que recibe un empleado puede sufrir modificaciones o variar, ya que como vimos, muchas incidencias se traducen en descuentos que pueden ser desde parciales hasta la  totalidad del salario diario. Y es que un error muy frecuente de quienes administran la nómina es no registrar y consultar retardos, vacaciones, permisos, incapacidades, entre otros, lo que es un terrible error financiero.

Ante la gran cantidad de factores y variables que se deben considerar al calcular la nómina, es importante contar con una herramienta que nos permita hacerlo sin margen de errores. Con el sistema eslabón se pueden calcular las asistencias e incidencias del personal, registrar los datos de manera automática, además de tener mayor control sobre sus tiempos y accesos. 

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